sábado 27 de julio de 2024 - Edición Nº1060

ATR | 29 abr 2024

anses

En mayo habrá un aumento en las jubilaciones y así quedarán con el bono confirmado

"El ajuste de los haberes continuará basándose en la inflación del segundo mes anterior al mes de cobro", confirmaron desde el Gobierno sobre las jubilaciones.


El Gobierno anunció una actualización en los haberes de jubilaciones y pensiones desde mayo que se ajusta a la reciente inflación minorista de marzo, que fue del 11%. Se pagará además un bono de 70 mil pesos para quienes perciben el haber mínimo.

“El ajuste de los haberes continuará basándose en la inflación del segundo mes anterior al mes de cobro, permitiendo de esta manera actualizaciones mensuales acordes con la variación de los precios", detallaron desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Entonces, incluyendo las contribuciones y prestaciones de ANSES, los haberes de mayo quedarán de la siguiente manera:

Jubilación mínima: $190.141,60
Jubilación máxima: $1.279.472,92
Prestación Universal de Adultos Mayores (PUAM): $152.113,28
Pensiones no contributivas (PNC): $133.099,12
Prestación Básica Universal (PBU): $86.981,11

Por otra parte, el bono en su totalidad lo cobrarán “aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $190.141,60″. "Aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $190.141,60, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $260.141,60″.

La ayuda económica también la percibirán “las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias” y “las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”.

El DNU especifica que “para poder percibir la ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”, y determinó que la misma “no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

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